Máximo tribunal español anula la declaración de independencia de Cataluña

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado este miércoles, por unanimidad, la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) y la ley de ruptura, aprobadas por el Parlament el pasado 27 de octubre y 7 de septiembre, respectivamente. El Constitucional considera la declaración de independencia «un grave atentado al Estado de Derecho» y recuerda a la Cámara catalana que el derecho a la autonomía “no es ni puede confundirse con la soberanía”.

El tribunal traslada también a la Fiscalía la actuación de la presidenta de la Cámara catalana, Carme Forcadell, y de los miembros de la Mesa José María Espejo-Saavedra y Anna Simó, por si fueran constitutivos de delito de desobediencia. El pleno ha decidido, además, levantar las multas coercitivas de 12.000 euros diarios impuestas a los miembros de la sindicatura electoral, Josep Maria Jové y Rosa María Vidal.

El tribunal acepta de esta forma el incidente de ejecución presentado por el Gobierno, en virtud del cual la DUI ya la había suspendido cautelarmente el 31 de octubre. La ley de transitoriedad había sido suspendida también el pasado 21 de octubre.

El 27 de octubre, recuerda el Constitucional, el Parlament admitió a trámite «pese a las rotundas advertencias del Secretario General del Parlamento y del Letrado mayor», y aprobó dos resoluciones: la primera, llamada Proceso constituyentes y la segunda, Declaración de los representantes de Cataluña, que contiene la “expresa declaración de independencia de Cataluña” en forma de república.

“El Parlamento de Cataluña se arroga atribuciones inherentes a la soberanía, superiores a las que derivan de la autonomía reconocida por la Constitución”, recuerda el Tribunal, que afirma que la actuación del Parlamento constituye un “grave atentado” contra el Estado de Derecho y conculca “con pareja intensidad, el principio democrático”.

En su escrito, el TC señala que ha advertido a las instituciones catalanas, “de forma expresa y reiterada”, y en especial a los miembros de la Mesa del Parlament, de su obligación de «impedir o paralizar» cualquier iniciativa que altere «el marco constitucional». Pese a todo, constata, han incumplido «su deber objetivo de acatar las resoluciones del Tribunal Constitucional” y por lo tanto, así se lo hace saber al fiscal, por si esa desobediencia es constitutiva de delito.

 

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